Mensaje de error

Deprecated function: The each() function is deprecated. This message will be suppressed on further calls en _menu_load_objects() (línea 579 de /var/www/html/panoramaweb2016/includes/menu.inc).

Director de Eula dice que fallos sobre centrales revelan un rol más activo de la ciudadanía

Coincidencia o no, la jornada de ayer significó un duro revés para dos proyectos  termoeléctricos altamente resistidos por las poblaciones cercanas a las zonas de su emplazamiento: el de Castilla, en la Región de Atacama,  que suponía la incorporación de dos mil MW en  el Norte Grande, con una inversión cercana a los 5 mil millones de dólares,  y el de Pirquenes (a 3 kilómetros de Laraquete, en nuestra Región),  con  una generación estimada de 50 MW.
Las resoluciones de la Corte Suprema, en el caso de Castilla, y de la Corte de Apelaciones de Concepción, en el caso de Pirquenes, acogieron (por razones diversas) los recursos interpuestos por sectores de la sociedad civil contrarios a los proyectos, dejando en fojas cero los procesos que buscaban su aprobación dentro de la institucionalidad ambiental.
Para el director del Centro Eula de la Universidad de Concepción, Ricardo Barra, en ambos fallos, las decisiones adoptadas por los tribunales  son el resultado de las acciones de la sociedad civil que, en el contexto del cambio de la institucionalidad ambiental (el paso de la Comisión Nacional del Medioambiente a un Ministerio) “está teniendo un rol más activo y lo seguirá teniendo, en orden a definir si ciertos proyectos que se quieren implantar van o no van a ser exitosos”.
Esto -agregó- implica  nuevas exigencias tanto para el sector privado como público, por lo cual, en nuevos proyectos “ van a tener que considerar este componentes (el rol  de la ciudadanía) que históricamente no habían sido observado”.
El doctor Barra puso de relieve que en ambos casos se revela una cierta debilidad de la institucionalidad en  la aplicación de sus instrumentos, ya que  -explicó- los dos fallos se alude  a problemas de orden administrativo.
En el caso de Castilla -señala- existen dos elementos centrales: el cambio de la calificación del proyecto de contaminante a molesto, y el hecho de que el estudio de impacto ambiental sólo sometiera a evaluación la termoeléctrica, sin incluir el puerto ni el trayecto que va de éste a la Central. Sobre el primer punto, el doctor Barra indica que ese cambio de calificación “se hizo  en función de los instrumentos de planificación vigentes (que son los mismos que existían con Conama antes)” agregando que ello ocurrió en 2010 con la llegada  del nuevo gobierno, donde los nuevos seremis de Salud adoptaron el cambio de clasificación de industria contaminante a molesta “...y eso también lo ponderó la Corte Suprema: que una central que produce más de dos mil MW no puede ser considerada sólo molesta, pero eso tiene que ver  con la consideración que hace un servicio público de un  instrumento de planificación  territorial en función de los antecedentes que ellos tienen”.
Al hablar de la presentación a evaluación separada de los componentes del complejo, el doctor Barra dice que se trata de una estrategia de uso común y sobre la cual el Centro Eula tiene una posición clara:  “los proyectos que se instalan en el territorio hay que mirarlos de forma integrada, con todos sus impactos y en todas las dimensiones que cubren. Esto lo hemos sostenido desde hace muchos años y encontramos que esa es una debilidad del sistema ambiental”.
A juicio de Barra aquí cometieron errores tanto la empresa, como sus asesores, al no considerar el territorio del puerto y el camino que lo une a la central. También, dice, existe error en  el componente de evaluación, que no contempló esta omisión  en el procedimiento. “Es preocupante que los técnicos que el Estado pone a disposición del sistema para hacer esta evaluación no hayan sabido interpretar en forma correcta lo que la Ley indica y que no hayan considerado este espacio del territorio como un área de influencia del proyecto. La Corte Suprema repara en los dos errores y considera que este proceso de evaluación ambiental es ilegítimo, lo que le pone una lápida al proyecto”, dice.
También -detalla- entra en el terreno de la “ilegalidad” la calificación favorable entregada por  la Comisión de Evaluación Ambiental del Biobío en relación al proyecto Pirquenes, Aquí también, a juicio del investigador, existen problemas administrativos y con ello–dice-  “estoy seguro de que esto va a tener implicancias en la forma en cómo se irán tomando las decisiones en adelante porque estos fallos establecen precedentes, que determinan, de una u otra manera, el comportamiento de tribunales frente a casos complejos como éstos”.
Más allá de las consideraciones judiciales, el director del Eula considera que la existencia de estos conflictos ambientales tiene que ver con la forma en que se da la ocupación territorial en Chile “y creo que,  en ese sentido,  la nueva institucionalidad ambiental va a ser clave en el desarrollo de planes ambientales estratégicos y de instrumentos de planificación, que se hagan cargo de los impactos de las actividades productivas en un territorio donde existen poblaciones cercanas”.
Por otro lado, en su opinión, estos fallos pueden ser un llamado de atención para los privados en torno a la forma en que enfrentarán nuevos proyectos de desarrollo y también “para que las autoridades que tomen las decisiones lo hagan con todos los antecedentes disponibles, de una manera transparente, clara y de cara a la comunidad”.